¿QUE DERECHOS REGULA?
Despacho de Contabilidad
Esta es una guía concreta y sencilla de la Ley de Protección al Empleo Salvadoreño aprobada este día 5 de Mayo 2020 por la Honorable Asamblea Legislativa de la República de El Salvador,
básicamente regula lo siguiente:
1.-La Ley tiene como Objeto medidas que mitiguen el impacto económico y sus efectos en el empleo salvadoreño por la emergencia del Covid-19;
2.-Es una Ley temporal, solo tendrá vigencia mientras exista la emergencia nacional y medidas sanitarias descritas por el Ministerio de Salud, a raíz días de la Pandemia Covid-19 y finalizar sus efectos cuando se terminen los fondos destinados a atender la emergencia nacional;
3.-Establece una protección legal UNICAMENTE a los empleados de las Empresas autorizadas a trabajar durante el Estado de Emergencia, debiendo cumplir con sus obligaciones patronales con normalidad respecto de los contratos;
4.-NO regula derechos laborales extraordinarios respecto de empleados cuyos patronos NO están autorizados para operar;
Firma de Auditoria
5.-Permite el Adelante de GOCE DE LAS VACACIONES ANUALES de los trabajadores; es decir permite que se acuerde con el empleado el goce de la prestación de vacación anual, manteniendo la obligación de pago de las mismas; Es decir que aunque el empleado no tenga trabajado 200 días en un año, puede adelantársele las vacaciones anuales en este periodo de emergencia;
6.-Ratifica la función de Fiscalización del Ministerio de Trabajo y Previsión Social respecto de velar por el cumplimiento de las normas laborales emanadas de esta Ley;
7.-Establece un beneficio de exoneración de multas administrativas impuestas por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, si existe una subsanación del hecho que ocasiono la sanción;
8.-Se crea mecanismo de ayuda económica a los empleados asalariados, cotizantes del Seguro Social, beneficio para uso de los Patronos en beneficio exclusivo de sus Empleados;
9.-Dicho mecanismo consiste en que a través del Banco de Desarrollo de El Salvador (BANDESAL) se entregara a las empresas patronales inscritas al INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL, el 50% del salario de su trabajador por un periodo de dos meses;
10.-Podrán accesar a dicho beneficio las Empresas que no tengan más de 100 trabajadores y que sus ingresos anuales al 2019 no excedan SIETE MILLONES DE DOLARES;
11.-Existe un techo máximo de $500 por empleado; Asimismo un techo máximo por empresa de $22,500.
12.-Beneficio de Subsidio Económico durara 2 meses;
13.-Se crea un Programa de Otorgamiento de Créditos Blandos, baja tasa de interés (3% anual) con termino de gracia de 12 meses; financiamiento para capital de trabajo.
Estos son los 13 elementos más importantes de la Ley recientemente aprobada,
la cual permitirá dar un respiro financiero a todas aquellas personas asalariadas y Empresas Patronales afectadas por Covid-19.
Despacho de Contabilidad