
La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó una interpretación auténtica del artículo 28 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, con el objetivo de aclarar qué costos y gastos podrán ser considerados deducibles al momento de calcular el pago del ISR.
La medida fue aprobada con 57 votos y busca brindar mayor seguridad jurídica y certeza tributaria tanto a los contribuyentes como a la administración fiscal. Entre los principales cambios, se establece que serán deducibles los costos y gastos necesarios, reales y propios de la actividad económica del negocio, incluyendo mermas, pérdidas y gastos vinculados directamente a la generación de ingresos.
Además, la nueva interpretación señala que dichos gastos deberán estar registrados en la contabilidad o en los registros especiales del contribuyente. También se aclara que no será necesario que exista un impuesto computado para que el gasto pueda ser considerado deducible.
La normativa menciona como ejemplos sectores como comercio de bienes perecederos, textiles, industria eléctrica e hidrocarburos, entre otros rubros de industria, comercio y servicios.


